Ocho apellidos wichis
La comedia musical El violinista sobre el tejado recurre a la figura alegórica del título para indicar cómo las personas llevan consigo su cultura, sus tradiciones y, en definitiva, su identidad dondequiera que estén. La obra, basada sobre textos de Sholem Aleichem, cuenta las peripecias de Tevie, un judío que vive en Ucrania durante la época de los zares (gente esta, me refiero a los zares, que no gobernaba precisamente con un estilo muy hospitalario).
En la Provincia de Chaco han llevado bastante lejos ese
respeto a las comunidades originarias (o “más viejas que la española”, porque
no sé de ningún grupo que no haya aparecido en un lugar corriendo a palos a
otro, con la probable excepción de los monopolistas Adán y Eva). Lo han
extendido al modo de administrar justicia. Para eso dictaron una ley que establece
que, cuando alguien que pertenezca a los pueblos qom, wichi o mocoví debe ser
juzgado por un jurado popular, la mitad de éste se integrará con personas de la
comunidad en cuestión.
Nuestra constitución no se ocupa de las tribulaciones del entrañable Tevie, pero sí de las que sufren los pueblos que estaban antes de la llegada de los españoles (que llama “indígenas”, un desliz). Reconoce su preexistencia cultural y ciertos derechos, como la educación bilingüe. También dice que la ley penal es una sola en todo el país y que no hay fueros personales, lo que quiere decir que no se pueden crear tribunales según quién sea el acusado. Combinar todos estos principios no será una tarea fácil.
El problema no es nuevo. En los Estados Unidos integrar los
jurados no era tan difícil cuando solamente se trataba de mezclar blancos y
negros. Pero ahora los abogados defensores se la pasan tratando de apartar de
los jurados de los que temen una actuación prejuiciosa. Impugnan a los que
confiesan no tolerar el sabor de los spaghetti si se juzga a un italiano,
o del chile chipotle si tienen que defender a uno que nació en Guanajuato.
Más allá de alguna perplejidad matemática (según el último censo en toda esa provincia, que tiene algo más de un millón de habitantes, habría 4629 wichis), la norma chaqueña nos plantea a los investigadores algunos interrogantes:
- Dado que, salvo para los racistas, es más fácil clasificar insectos por especie que seres humanos por origen étnico (e infinitamente más útil), ¿cuánta pureza racial hace falta acreditar para que se deba formar “el jurado temático”? ¿Alcanza con tener alguna tía perteneciente a esos pueblos o hay que mostrar un árbol genealógico que lleve ocho apellidos wichis, como pedía el padre de la novia en esta memorable escena de Ocho apellidos vascos.
- ¿Qué ocurre cuando hay dos imputados como partícipes del mismo delito, uno que es quom y otro que desciende de asturianos? ¿Hay que hacer dos juicios? ¿Y si los jurados resuelven cosas contradictorias?
- ¿Un mocoví que se autoperciba como ciudadano del mundo o que, como yo, desprecie toda forma de nacionalismo puede renunciar a ser juzgado por gente de su tribu?
- ¿Por qué un qom tiene derecho a que lo juzguen personas que comparten su cultura mientras vive en Chaco, y no si se muda a Mendoza? ¿No puede llevar “su violinista” a todas partes? El que estará complicado es un araucano de la Patagonia que se mude al Chaco, donde creo que es más fácil encontrar un esquimal que un araucano.
- ¿Si el imputado es mocoví pero ha vivido los últimos treinta años trabajando en la oficina del Citibank de Seattle y no recuerda ni cómo se dice gurí, también tiene derecho a un jurado de afinidad étnica?
- Dado que el reconocimiento de los pueblos originarios tiene tanta protección constitucional como la libertad de cultos, ¿por qué es más importante ser wichi que mormón, de esos tradicionalistas que cada tanto encuentran viviendo con varias esposas? ¿Esa gente no tendría derecho a un jurado de pares cuando se la juzgara por polígama?
- ¿Cómo se resuelve la situación del híbrido cultural, ese que es hijo de padre wichi y de madre que desciende de galeses y manifiesta que su cultura es “integrada, inclusiva y no binaria” (para estudiar ese fenómeno con el método del caso, nuestra cátedra indica como material el conflicto Historia del guerrero y la cautiva, narrado, admitamos que decentemente, por un tal Borges).
-Ω-
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