Equinocultura y Derecho Municipal

        



        Hace unos años abordé en mi ensayo Bestiario Jurídico la tarea de una “Comisión de Derecho Animal” (asombra la ubicación del adjetivo) del colegio de los abogados porteños. Esa gente había escrito un proyecto de ley para castigar con pena de hasta seis años de prisión al que cometiera un “biocidio”. Ese delito, al parecer, se comete cuando alguien mata a un “sujeto de derecho sintiente no humano doméstico o domesticable sin permiso de la autoridad médico-veterinaria” (que alguna habrá). Además el proyecto consagraba el derecho de las mascotas “a vivir libres de sufrimiento”, algo que los humanos llevamos intentando para nosotros desde el inicio de los tiempos, en vano.

        Semejante despliegue neuronal no ha caído en saco roto. Cerquita de la ciudad de Buenos Aires, algunos discípulos de aquellos especialistas en Zooderecho pusieron manos a la obra. El municipio de Lanús se apresta a aprobar un proyecto de ordenanza para prohibir los vehículos de tracción a sangre. Digamos, los carros tirados por caballos o, acaso también y para ser inclusivos, por burros (no he tenido nunca noticia de que en esa comuna alguien utilizara camellos ni renos). Como se sabe, los cartoneros y juntadores de chatarra no migran hacia los automóviles y se empeñan en usar bestias nada más que porque nadie lo ha prohibido todavía. Les sucede que carecen de un marco regulatorio.

        Me dirán que la iniciativa puede tener algún fundamento atendible como la higiene o la fluidez del tránsito. Nada de eso. Los propósitos de su autor, el alcalde Diego Kravetz, son mucho más elevados: pretende mejorar el alma de cada habitante de Lanús y convertir a los conductores de carros en educadores ejemplares de sus hijos. Como buen estadista, gobierna pensando en las próximas generaciones. Como si no le bastara con eso, anuncia que con una norma resolverá de paso un conflicto de intereses que él parece haber descubierto entre los individuos que llama ANH (por “animales no humanos”) y los otros animales, los que son como él y como yo.

        Si no me cree, lea lo que ha declarado el funcionario: la sanción favorable de este proyecto significará para Lanús, ser el primer Municipio de la República Argentina que declara a la especie equina (ANH) ser sintiente y sujeto de derechos y contribuir a elevar desde el estado municipal el concepto de ganar en la colisión de intereses; porque con esta norma jurídica gana el ser humano en dignidad al reconocer la biodiversidad de la raza animal, gana el ANH, víctima de innumerables injusticias, gana en calidad quien ejerce la actividad carrera y puede darle un ejemplo educativo a sus hijos y gana la política al resolver pacífica y razonablemente un conflicto de intereses dentro del estado de derecho democrático.

        Como no podía ser de otra manera, el proyecto pone a calentar motores a todas los organismos municipales que deberán aplicar la norma y controlar su cumplimiento, que son la Secretaría de Salud, el área de Seguridad, Movilidad Sustentable y Protección Ciudadana y otro, interesantísimo, que se propone crear, el Observatorio de Protección ANH.

        Pienso que si baja la demanda de esos seres sintientes y los criadores tienen menos estímulos para que los caballos se reproduzcan podríamos enfrentar una catástrofe ambiental por la desaparición de una especie, como alegan los defensores de las corridas de toros. Seguramente el estadista Kravetz ha pensado el punto y tendrá ya en carpeta alguna otra medida, como podría ser la creación de otra oficina, el Santuario Municipal de Preservación de Caballos de Tiro en Peligro de Extinción (el “SAMUPRECATIPE”).

        Previsiblemente,  Kravetz egresó de una escuela de Derecho argentina.

-Ω-


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